Que el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia establece la autorización del Gobierno para la inscripción como colombianos por adopción de los extranjeros latinoamericanos y del Caribe por nacimiento, domiciliados en Colombia, ante la municipalidad donde se establecieren.
|TEXTO_SOLICITANTE_EXO| con |TIPO_DOCUMENTO| número |NUMERO_DOCUMENTO| y pasaporte de |PAIS_SOLICITANTE| número |NUMERO_PASAPORTE|, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la autorización legal correspondiente para efectos de su inscipción como colombiano por adopción.
Que mediante Decreto 2165 de 4 de octubre de 2013, el Gobierno Nacional eximió al ciudadano |NACIONALIDAD|, |GENERO| |NOMBRE_SOLICITANTE|, del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 9º de la Ley 43 de 1993, modificado por el artículo 41 de la Ley 962 de 2005, exceptuando lo previsto en los numerales 1° y 5° del artículo 9º de la Ley 43 de 1993.
Que se han cumplido los requisitos establecidos en el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 43 de 1993, reglamentada por el Decreto 1869 de 1994 y modificada por la Ley 962 de 2005, relativos a la inscripción como colombianos por adopción de los latinoamericanos y del Caribe.